El Gobierno reforma la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Serie A / Núm. 32-1 / 21 de diciembre de 2012 / Pág. 41
http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/BOCG-10-A-32-1.PDF
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Serie A / Núm. 32-1 / 21 de diciembre de 2012 / Pág. 41
http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/BOCG-10-A-32-1.PDF
Disposición adicional sexta. Acción directa contra el cargador principal en los supuestos de intermediación.
(*)En los supuestos de intermediación en la contratación de transportes terrestres, el transportista que efectivamente haya realizado el transporte tendrá acción contra el cargador principal, hasta el importe que éste adeude al intermediario al tiempo de la reclamación, salvo en el supuesto previsto en el artículo 227.8 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
(*)En los supuestos de intermediación en la contratación de transportes terrestres, el transportista que efectivamente haya realizado el transporte tendrá acción contra el cargador principal, hasta el importe que éste adeude al intermediario al tiempo de la reclamación, salvo en el supuesto previsto en el artículo 227.8 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
21 de diciembre de 2012
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Aprobada la reforma de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre
MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ORDENACIÓN DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES
LEGISLACIÓN VIGENTE:
http://www.lamoncloa.gob.es/NR/rdonlyres/329F48E1-027F-4268-BA11-6A9091B18299/221455/LeyOrdenacTranspTerrestres.pdf
•Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres•Legislación comunitaria: 4 reglamentos con normas comunes
OBJETIVOS DE LA MODIFICACIÓN
- PRINCIPALES MODIFICACIONES (1)
(*) • En caso de impago, el transportista podrá reclamar tanto a la agencia de intermediación como al cargador.
• Excepciones de responsabilidad a la empresa transportista
http://www.lamoncloa.gob.es/NR/rdonlyres/329F48E1-027F-4268-BA11-6A9091B18299/221455/LeyOrdenacTranspTerrestres.pdf
•Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres•Legislación comunitaria: 4 reglamentos con normas comunes
OBJETIVOS DE LA MODIFICACIÓN
- PRINCIPALES MODIFICACIONES (1)
(*) • En caso de impago, el transportista podrá reclamar tanto a la agencia de intermediación como al cargador.
• Excepciones de responsabilidad a la empresa transportista
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